Ventaja 1: Su la prestación por fallecimiento se considera "excluida la herencia".
Las sumas se consideran un beneficio pagado por el asegurador y no una herencia recibida del patrimonio del fallecido.
Por tanto, el beneficio por fallecimiento no forma parte del patrimonio. Y no se grava como tal
Ventaja 2 : Protege a tu pareja con un aporte bajo
El socio no tiene vocación jurídica, por lo que en ausencia de prestación, el socio no será recompensado.
El seguro de muerte permite al suscriptor, por un bajo aporte, proteger al socio frente a una caída de los recursos económicos: pago del impuesto de sucesiones y una caída significativa de los ingresos de la familia.
Ventaja 3 : Proteja a su cónyuge sin cuestionar durante la sucesión
Para los cónyuges, el capital desembolsado no se hereda y asegura un capital o una anualidad al cónyuge sin arriesgar la intervención de los hijos, a diferencia de las donaciones o legados.